Londres/Praga – Fidel Nárvaez, quien fue cónsul del Ecuador cuando Julián Assange ingresó en la embajada en Londres, en contacto con «Viviendo Praga» refuta la afirmación del Gobierno del presidente Lenin Moreno de que el Reino Unido le dio una garantía, incluso por escrito, que Assange no sería extraditado a un país donde haya pena de muerte. “Las cartas exhibidas por la Cancillería Ecuatoriana, en la que sus pares británicos citan una estipulación de su legislación sobre no extradición en casos de pena de muerte, NO constituyen ni compromiso, ni garantía, de no extraditar a Julián Assange a los Estados Unidos”, asegura Narváez.
Destaca que la concesión del asilo es no sólo para proteger el derecho a la vida, no es sólo un equivalente a la protección de alguien ante una posible pena capital. “Asilo significa protección integral de derechos. El asilo otorgado por el Ecuador a Julián Assange no es solo para salvarlo de una silla eléctrica, sino para protegerlo de encarcelamiento por actividad periodística, en un país donde a todas luces no tendría un juicio justo”, asegura.
Indica que “el gobierno de Lenin Moreno, muy tempranamente, decidió degradar el principio mismo del asilo, (que protege la integralidad de los derechos humanos del asilado), al rebajar su protección únicamente frente a la pena de muerte”. Esto significa que el Ecuador acepta una cadena perpetua, o largas décadas de confinamiento en una prisión estadounidense (que a la edad de Julián Assange equivaldría de facto a una cadena perpetua), para alguien cuyo único “delito” ha sido publicar abusos de poder y violaciones de lesa humanidad.

parte del tiempo en que Assange permaneció asilado
(foto detalle de la página web de RT en castellano)
El asilo es una institución de Derechos Humanos única y universal. No existen asilos clase A, B, y C, como si se tratase de un plan de salud privado. Es inadmisible decir: “te protejo solo de la pena de muerte”, aceptando la extradición a EE.UU. y exponiendo a Julián Assange a la persecución política cuya existencia fue reconocida por el Ecuador en su totalidad, cuando le otorgó el asilo.
El gobierno de Theresa May últimamente no está exigiendo las garantías a EE.UU. sobre la no aplicación final de la pena de muerte en el caso de Alexanda Kotey y Shafee El-Sheikh, por lo que el posicionamiento descrito por Reino Unido en sus comunicaciones, que el Ecuador entiende como una importante “garantía”, es en realidad, todo lo contrario.
La extradición de Julián Assange hoy más que nunca está en el debate internacional
Todas las organizaciones más importantes de derechos humanos, libertad de expresión y muchos prestigiosos medios se han opuesto y se oponen a su extradición.
El Director Ejecutivo de Human Rights Watch, Kenneth Roth, ha dicho: “Si Ecuador y el Reino Unido tomaran en serio la protección de Assange, proporcionarían garantías no solo contra la pena de muerte sino también contra el enjuiciamiento por cualquier cosa que los periodistas suelen hacer, como la publicación de información filtrada”. Debe recordarse que la soldado Chelsea Manning, sentenciada a 35 años de cárcel (luego condonada su pena luego de 7 años), por el mismo caso por el que EE.UU. ha solicitado la extradición de Julián Assange, fue torturada en cárceles, sometida a largo confinamiento en solitario, según reportes de el relator de la ONU contra la Tortura.

Ninguna autoridad británica, ni alta, ni media, se ha pronunciado, o ha mencionado si quiera garantía alguna de no extradición. Por el contrario, el debate en Reino Unido sobre el tema es muy enconado. En definitiva, las cartas exhibidas por Cancillería son producto de un simple intercambio de correspondencia oficial, con la cual pretenden, vanamente, cubrirse de un gravísimo atropello a los derechos del asilado político, y a las obligaciones de protección del Ecuador como país asilante.
“Al entregar a un asilado para ser sometido a persecución política, se contradice la propia esencia constitucional de Ecuador, las principales normas internacional sobre asilo y refugio, el acervo convencional y el derecho internacional de los derechos humanos, y por supuesto, se viola las obligaciones identificadas en la Opinión Consultiva OC-25/18 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que fue solicitada por el mismo Ecuador”, destaca el ex cónsul del Ecuador en el Reino Unido. d0 List Table